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Llevamos a cabo evaluaciones psicológicas forenses en el ámbito laboral relativas a los principales supuestos que pueden afectar a la salud ocupacional de empleados y directivos, como el estrés o el acoso. Estas pruebas periciales tienen por objeto determinar objetivamente si existe o no daño psicológico compatible con tales supuestos, lo que permite establecer en qué medida los factores de riesgo psicosocial a los que se ha visto sometido el empleado son antecedentes causales de su daño psicológico. El uso de la evaluación psicológica forense en el ámbito laboral es de utilidad en la toma de decisiones en contextos legales, especialmente en la jurisdicción laboral y en la contencioso–administrativa.
Los principales supuestos que afectan a la salud ocupacional de empleados y directivos son los siguientes:
Nuestra evaluación psicológica forense incluye la elaboración y emisión de un informe pericial psicológico, que proporciona un dictamen técnico y objetivo a los distintos operadores jurídicos, así como su ratificación en sede judicial. Basados en el rigor y en la cautela de la evidencia científica así como en nuestra comprensión del marco legal, nuestros informes periciales son claros, precisos y están redactados de forma comprensible e inteligible.
Cada vez con mayor frecuencia, jueces y tribunales valoran positivamente los informes periciales psicológicos en el ámbito laboral en aquellas demandas por determinación de contingencias profesionales en situaciones de incapacidad temporal (IT), por extinción del contrato de trabajo ya sea por despido o por decisión del trabajador, o por incapacidad permanente, entre otras. Por su parte, también abogados y graduados sociales asesoran cada vez más frecuentemente a sus clientes para incorporar en sus estrategias judiciales, bien como demandantes bien como demandados, informes periciales psicológicos en el ámbito laboral, sobre todo cuando el caso es complejo y el testimonio de empleados y directivos puede convertirse en una prueba central.
A diferencia de los informes de los equipos sanitarios que pueden conocer el caso (como médico de familia, médico psiquiatra, psicólogo clínico, psicólogo sanitario o habilitado) pudiendo actuar como testigos, la evaluación psicológica forense emplea protocolos y técnicas especialmente orientados al análisis de la fiabilidad y la validez de los contenidos, incluyendo el control de la simulación y del engaño.
Así, la evaluación clínica no pretende discernir (ni cuenta con los medios para ello) si la información que le proporcionan las personas es verdadera o falsa. Asume lo primero y se centra en establecer un diagnóstico que se ajuste a los síntomas manifestados con el fin de aplicar el tratamiento oportuno. La investigación ha puesto de manifiesto de forma sólida que no es infrecuente que en los contextos legales algunas personas exageren, encubran o filtren información relevante cuando pueden obtener beneficio de ello. En consecuencia, la evaluación forense busca activamente la detección de la simulación y el engaño mediante el contraste de los datos obtenidos en las distintas pruebas así como a través del estudio de la credibilidad de los testimonios utilizados, convirtiéndose en uno de los aspectos más relevantes de la metodología forense.
Para ello, no nos limitamos a conducir una entrevista y a aplicar una serie de tests psicométricos, sino que conducimos distintas sesiones de evaluación mediante una aproximación multimétodo en las que aplicamos los protocolos forenses y las herramientas e instrumentos más adecuados con el fin de lograr los mayores niveles posibles de fiabilidad y de validez a la vez que detectamos y controlamos los posibles intentos de simulación y de engaño.
Además, la metodología forense nos permite diferenciar oportunamente entre distintos fenómenos laborales que, siendo aparentemente similares, son radicalmente distintos entre sí no sólo en términos de etiología y/o sino también de repercusiones legales. Este diagnóstico diferencial es de interés, por ejemplo, cuando en ocasiones las personas pueden encontrarse en situaciones que les provocan un alto grado de malestar y sufrimiento pero que no se derivan del trabajo ni de las condiciones en el que lo desempeñan, sino que tienen otras causas distintas.
La evaluación psicológica forense en el ámbito laboral también es de utilidad en fases previas a la judicialización del conflicto, cuando alguna de las partes (idealmente, ambas) desean contrastar, de forma objetiva, independiente y rigurosa, una situación que ha sido denunciada internamente y que está siendo investigada de acuerdo con los protocolos correspondientes, habitualmente en el marco de la prevención de los riesgos laborales y/o de la prevención del acoso y la violencia en el trabajo.
En estos casos, conducimos el proceso de evaluación forense siguiendo exactamente los mismos pasos y aplicando la misma metodología que cuando lo hacemos para ser utilizado en sede judicial. La única diferencia es que, no siendo necesaria inicialmente su ratificación en los tribunales, en su lugar sí incluimos su presentación ante el órgano interno que sea competente en la instrucción de la investigación, como el Comité de Seguridad y Salud, el Comité de Igualdad, el Comité de Cumplimiento (compliance), la Dirección de Recursos Humanos, Gerencia, etc.
Aunque la jurisdicción social, por su naturaleza, con frecuencia no se presta a ello, en ocasiones sí es posible y pertinente realizar un contraperitaje, esto es, una revisión crítica sobre un informe pericial psicológico previamente realizado. Este contraperitaje se realiza fundamentalmente basándonos en la metodología aplicada en el informe que estamos criticando así como en el modo en que realiza sus conclusiones a partir de los datos obtenidos durante la evaluación forense. Por supuesto, en nuestro despacho sólo aceptamos este tipo de encargos si, tras un análisis del mismo, identificamos inexactitudes, sesgos o errores conceptuales y metodológicos en la recogida de los datos, en su análisis o en sus conclusiones. En otras ocasiones, el contraperitaje consiste en llevar a cabo una nueva evaluación forense sobre la misma persona o personas, si esto fuera oportuno y pertinente.
Toda nuestra práctica profesional se produce de acuerdo con los más altos estándares deontológicos, éticos y legales. En el ámbito forense, esto implica que: